miércoles, 9 de marzo de 2011

sobrelsalarium

Cachiencristus!!. Cuenta una vieja crónica romana que cuando las legiones del imperium conquistaban un nuevo pueblo, este pasaba a regirse por consulus que se dedicaban a establecer el orden romano entre los ciudadanos y que uno de esos ordenes era el laborum. Parace ser que los currantix seguían trabajando en los mismos oficios que tenían hasta la absorción por el imperium y que su dedicación era la que establecía el convenius colectivum de la época: el solasolus.
Los consulus, agraciados patriarcus, no tenían porque estar presentes en todo lo concerniente al laborum. Para eso tenían a los decuriones (ya en esta época sin derecho a voto), y que reuniéndoles en la salaforum les impartían precisas instrucciones para explotar a la plebeii (ciudadanos privilegiados independientes, con declaracionus por supuesto).
Tal era la grandiosidad del imperium que los innumerables currantix que desempeñaban oficios por doquier empezaron a ocasionar problemas de ocupación y ante la posibilidad de revueltas incontroladas dedicieron elevar una propuesta al senatus que lo votó unánimemente, en un gesto sin precedentes que “honra” al imperium. Se trataba de un documento por el que se regulaba la jornadalaborum y que hoy lo conocemos como laborix statutix que vino a clarificar la situación un poco más, es decir los convenius colectivum pasaron a llamarse de solasolusyunahoraminus (para el jabalí).
Y de esta época, un relato anónimum cuenta la historia de uno de esos curritus y la consulta sobre su laborum que hizo a Claritotelodejus, miembro del senatus y buen amigo de su patricio Texplotum:
Estimatus senatus Claritotelodejus,
Ante todo excusarme por el lenguaje utilizado en esta consulta pues no tengo formación adecuada para estas lides.
Resulta que mi nuevo pagador de salarium sigue siendo el mismo de siempre, pero la nominae está firmada por una tal Nisum, por poderes. El salarium es todo en uno, sin más: no tiene mejoras voluntarias ni plus convenium ni antigüedad por lo que podríamos llamarlo chapucerus ilegalum. Mi oficium de siempre ha sido dalealateclix, actualmente en desuso y reconvertido en consultorix, la categoría standard del imperium.
Verá usted, ¿qué puede suceder por este cambio de oficio? ¿deben reflejarse todos los devengos en la nominae?
Muchas gracias.
Su más fiel servidor Curritusdemomentus.

A lo que el senadorus le devolvió la misiva, que venía a decir:
Hola servil Curritusdemomentus:
Que el papiro del salarium la firme “Nisum” resulta irrelevante a efectos prácticos.
Con respecto al oficium y a los devengos, el art.41 del laborix estatutix establece que “tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de laborum, entre otras, las que afecten a las siguientes materias: d) sistema de remuneración; f) funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el art. 39 de esta ley”.
En consecuencia, con respecto a la eliminación de conceptos y unificación en uno solo denominado salarium, en principio pudiera ser considerado como una modificación en el sistema de remuneración, que, si bien a priori parece no tener ningún tipo de consecuencia, en el futuro sí podría tenerla ante supuestos de incremento de las tabulas salariales del convenius colectivum y sobre su posible compensación y absorción. Lo mismo acontece con el cambio de oficio, el cambio operado al respecto puede suponer la asignación de funciones propias al nuevo oficio y distintas de las encomendadas y propias del anterior oficio, lo cual parece ser una modificación sustancial que no ha sido justificada por el imperium.
Con respecto a las modificaciones sustanciales de laborum se pueden adoptar tres posturas:
1) acatar la modificación, y agachar las orejum. 2) proponer la extinción de la laborum relationix con derecho a percibir indemnitationix correspondientem. 3) impugnar la decisión del imperium ante la jurisdicción social en un plazo de 20 días hábiles a contar desde el día que la medida fue adoptada. La medida se declarará injustificada si el nuevo pagador no prueba las medidas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justificó la medida, y en este caso se declarará improcedente la medida, obligando al imperium a reponer al curritus en las condiciones anteriores.
Espero haber correspondido a sus demandas y en breve pasará el recaudador de impuestos a cobrarle la minutam correspondiente.
Salutatix

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